La cobertura que ofrece Provincial Re para Embarcaciones, es un producto que está especialmente diseñado para naves de recreo que se destinen a uso particular; pensado y diseñado para dar respuestas flexibles y personalizadas que se ajusten a las necesidades de la compañía de seguros, asegurado, propietarios y usuarios de las mismas. Siendo el interés asegurable la embarcación, se extiende a cubrir el casco, los equipos y/o artefactos de navegación, las maquinarias, la acomodación interior y el bote auxiliar.
Además de los amparos básicos contenidos en la Póliza de Seguro de Embarcaciones de Recreo (Casco & Maquinarias y Responsabilidad Civil Terceros), este producto le permite la contratación de los siguientes riesgos: Daños a la maquinaria, Traslado terrestre, Efectos personales, Trailer, Accidentes Personales, Gastos Médicos, Guerra y Huelgas Casco.
De igual forma se puede suscribir un seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio según lo establecido en el artículo N° 43 de la ley General de Marinas y Actividades Conexas.
Ofrecemos varias opciones de sumas aseguradas; para lo cual sugerimos contactar a nuestros ejecutivos.
Además de estas ventajas, Provincial de Reaseguros, C.A. ofrece una permanente disposición para atender cualquier necesidad específica de cada cliente. Nuestro objetivo es poner a su alcance el producto final que realmente necesita
Límites de Suscripción
Uso | Coberturas | Bs.S | US$ |
Recreo |
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Otros (Gabarras, Remolcadores) |
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Todos los Usos |
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Condiciones de Aceptación
- Facilidad únicamente para embarcaciones menores de 150 Unidades de Arqueo Bruto (UAB).
- Las embarcaciones de recreo deberán ser inspeccionadas dentro de los 30 días siguientes al inicio de la cobertura y reinspeccionadas cada dos (02) años.
- Cualquier otro tipo de embarcación deberá ser inspeccionada antes del inicio de la cobertura.
- Lanchas de recreo mayores de 20 años sujeto a inspección previa
- Yates y Veleros mayores de 30 años sujeto a inspección previa.
- Lanchas, Yates y Veleros destinados a la recreación o placer, o al servicio turístico.(Se excluye alquiler a Casco Desnudo)
- Transporte de personal: Embarcaciones destinadas al transporte de personal o pasajeros, fabricadas principalmente en acero naval y/o aluminio naval.
- Gabarras: Se excluyen específicamente aquellas gabarras usadas directamente en la exploración y/o explotación de pozos de petróleo y/o gas.
- Remolcadores.
- Supply Vessels (Embarcaciones de suministro y apoyo logístico)
- Embarcaciones de carga pequeñas y medianas.
Embarcaciones de Recreo:
Embarcaciones de Uso Comercial:
Exclusiones
- Cualquier tipo de embarcaciones utilizadas trabajos de exploración y explotación de Petróleo y gas (sin embargo las embarcaciones que prestan cualquier otro tipo de servicio para la industria petrolera y/o de gas si estarían amparadas).
- Perdida de alquileres.
- Remolques suscritos como tal.
- Riesgos de responsabilidad civil excepto P&I.
- Riesgos de desguace.
- Riesgos vencidos y no pagados como tal.
- Riesgos off-shore (tales como plataformas, oleoductos o de gas natural, etc).
- Riesgos de retrocesión.
- Riesgos de rechazo suscritos como tales.
- Todo tipo de riesgo de cascos de aviación, plataformas y/o riesgos que no sean medios de transportes marítimos.
- Riesgos de Protección e Indemnización más amplios que las cláusulas de Londres.
- Todo riesgo de construcción y/o reparadores (Builder's Risk).
- Embarcaciones superiores de 35 años.
- Cualquier tipo de embarcación de madera.
- Captura de pesca (Catch).
- Todo tipo de negocio de Responsabilidad Civil Portuaria.
- Contenedor suscrito como tal.
- Riesgos de Contingencia / Loss of Hire.
- Cascos de Embarcaciones de Placer con coberturas más amplias que la Cláusula 328 del Instituto de Londres y/o equivalente en el mercado local.
- Embarcaciones de placer con antigüedad mayor a 35 años.
- Embarcaciones Rápidas, competencias, carreras y regatas.
- Uninsured Boater.